lunes, 23 de mayo de 2016

Mirada crítica a la Responsabilidad Social de la Empresa (RSE) 

 “LA EMPRESA EN MARCHA, NO PERTENECE 
A LOS ACCIONISTAS. ELLA ES DUEÑA DE SI MISMA”.

¿Quién determina cuales son los objetivos de la empresa?  
¿Debe maximizar los beneficios? 



Antonio Vives
Cumpetere Consultora (socio principal), Washington, EE. UU. Profesor Consultor- Universidad de Stanford.

Aunque a los que trabajamos en temas del papel de la empresa en la sociedad y en particular de su responsabilidad ante esta sociedad, la discusión sobre si el objetivo de la gestión debe ser la maximización de los beneficios para los accionistas nos puede parecer obsoleta, para gran parte de los directivos, si no para la mayoría, todavía sigue siendo el objetivo, para algunos muy explícito, para otros implícito, vía los incentivos a la gestión que suelen seguir estimulando este comportamiento. 

¿Pueden los accionistas exigir maximizar beneficios?
¿De dónde viene que los accionistas tengan primacía en los intereses de la empresa? Si se ha constituido un negocio para hacer negocios, pareciera “lógico” que su propósito sea ganar dinero para los que pusieron el dinero, dueños o accionistas. Sin ellos la empresa no existiría, no podría captar recursos, contratar empleados, producir bienes y servicios, pagar impuestos, etc. Parece lógico que tengan la primacía. Pero para entender si estos en realidad la tienen, y si son los beneficios financieros los únicos que cuentan, es conveniente analizar la evolución de las empresas. 

En general las empresas se crean para explotar alguna oportunidad de mercado, aunque haya algunas excepciones sobre todo en años recientes en que se han constituido empresas con el fin de contribuir a resolver algún problema o demanda social y se piensa que la figura de empresa es la más idónea (empresariado social, cuarto sector, etc.). Al invertir dinero en la empresa es lógico pretender obtener el máximo beneficio posible. La gran mayoría de las personas pretende que al colocar sus ahorros en alguna institución o instrumento financiero obtenga el mayor rendimiento posible. Son pocos los que están dispuestos a sacrificar rendimiento financiero por algún rendimiento social usando sus ahorros (quizás los grandes inversionistas sociales). La maximización del beneficio financiero parece una decisión racional.
Si los dueños y directivos de la empresa son los mismos (empresa familiar) y la empresa es relativamente pequeña, los beneficios financieros se pueden ver como un medio para lograr otros fines (empleo que satisface, producción de algún producto o servicio que les atrae, que los motiva, etc.) o para poder seguir en operación. La maximización de beneficios puede no ser el único objetivo o el principal de una pequeña empresa o empresa familiar. Los objetivos de la empresa son negociables entre un pequeño grupo de personas, muchas veces con visiones comunes.
Pero, eventualmente, cuando la empresa crece y aumenta el número de “dueños” y se requiere de gestión profesional, los dueños y directivos serán diferentes y se pueden presentar conflictos entre los objetivos de las partes y aún entre grupos de accionistas: 1- Unos pueden querer maximizar sus beneficios. 2- Otros sus bonificaciones. 3- Otros más, querer el bienestar de la sociedad. Esta divergencia se resalta si la empresa debe acudir a los mercados financieros y de capitales para financiar su crecimiento. A medida que crece también aumentan las partes con las que hay que interactuar (stakeholders) y que pueden influenciar en los objetivos de la empresa.
En este caso, el horizonte de los “nuevos dueños” (los accionistas que se incorporan) suele ser de menor plazo, ya que su objetivo ha sido una inversión financiera de la cual quieren capturar los beneficios y eventualmente salir (de allí la necesidad de las inversiones se hagan en mercados de capitales que tengan liquidez). Los accionistas que compran y venden las acciones en el mercado, pretenden que los gerentes gestionen la empresa para sus intereses de obtener los mayores beneficios posibles en el menor tiempo real. Su interés en la empresa es como fuente de ingresos. Sus objetivos no suelen coincidir con los de la empresa como persona jurídica o de los directivos, que pueden tener un horizonte de planificación de mayor plazo, dependiendo de sus expectativas de empleo o de su visión personal sobre el papel que como directivos y miembros de la sociedad quieran cumplir. 
Ello no obsta para que no existan accionistas con visión de largo plazo y miren por el bien de la sociedad, pero suelen ser una minoría y pocas veces controlan las empresas. 
Pero los accionistas activistas, que ejercen el poder para forzar cambios en la gestión de la empresa, en general priorizan la maximización de beneficios. No obstante, comienzan a actuar aquellos que promueven una visión de largo plazo de beneficios financieros, para la sociedad. [i] 
Cotizar en los mercados de valores suele introducir conflictos de objetivos entre accionistas y directivos, se presiona para obtener beneficios en el corto plazo y se sacrifica el bien de la sociedad que se suele lograr en el largo plazo. Así se sacrifican, por ejemplo, la inversión en capital humano y social, la protección del medio ambiente, mejoras en la responsabilidad del producto, en innovación y en lograr la aprobación de la comunidad entre muchos otros, que tienen costos tangibles en el corto plazo y beneficios, no garantizados en el largo plazo. 
Y si los accionistas logran condicionar las remuneraciones y bonificaciones de los directivos a los beneficios financieros, estos últimos tienen los incentivos necesarios para la maximización de beneficios en el corto plazo que se convierte en el objetivo “lógico”. Se alinean los objetivos de ambas partes, lo que es promovido como parte del “buen gobierno corporativo”, pero lamentablemente alineándolos en la dirección cortoplacista de beneficios rápidos.

Pero, ¿tiene la persona jurídica, entendida como el nexo de contratos explícitos e implícitos entre ejecutivos, empleados, accionistas, acreedores, proveedores, clientes, etc., constituida de acuerdo a la legislación local, la obligación de maximizar los beneficios como pretenden muchos accionistas y directivos? 
¿Pueden los inversionistas institucionales (fondos de inversión, de pensiones, empresas de seguros, etc.) exigirlo alegando que ello es su responsabilidad fiduciaria? 
- No, ninguna legislación exige que la empresa maximice los beneficios financieros. Lo que sí exigen es que los directivos gestionen los recursos de manera prudente, eficiente y eficaz, promoviendo los objetivos de la empresa y que eviten que esos recursos sean utilizados para beneficios personales de los directivos. Nunca prohíbe que los recursos de las empresas se utilicen para fines del bien común. [ii]

Lamentablemente esto no es de conocimiento general y se tiende a apoyar la “lógica” mencionada arriba y la tendencia natural del ser humano de querer siempre más dinero. Un buen ejemplo de esto es el recientemente aprobado Código de Buen Gobierno de España, que si bien no dice que el objetivo de la gestión deba ser la maximización de beneficios financieros, en varias frases se descubre la “maximización de valor económico” [iii] como guía para la actuación del Consejo (¿lo incluyeron deliberadamente o fue un lapsus?).   
Afortunadamente en la Responsabilidad del Consejo de Administración (Recomendación 12) se reconoce que la empresa:
“……en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente”.

De cualquier manera, el Código de Buen Gobierno es sólo una guía para el comportamiento empresarial, no es vinculante ya que no fue aprobado por el Congreso, son recomendaciones de seguimiento voluntario sujetas al principio de “cumplir o explicar”, y no usar lenguaje taxativo.
Estas tendencias vienen estimulados por las enseñanzas de la gestión financiera de la empresa en las escuelas de negocios, dominadas por el pensamiento economicista. Con la mejor de las intenciones, este pensamiento promueve que “los recursos deben asignarse eficientemente en la economía a las inversiones que mayo-res rendimientos produzcan”, lo que en el caso de las empresas se traduce en que éstas deben buscar “maximizar los beneficios” en su selección de inversiones. Se usan técnicas de optimización para tomar las decisiones. No puede haber quien se oponga a “optimizar”, hacerlo de otra forma sería malgastar recursos. De allí que se postulen modelos de gestión basados en la optimización, o sea la maximización de algo sujeto a las limitaciones del entorno.
Pero, lamentablemente, se suelen considerar 2 principios fundamenta-les: 1- Son beneficios, aquellos que son cuantificables en términos financieros. 2- El dinero es más valioso en el corto que en el largo plazo. 

Estos dos principios de la economía conducen a dirigir las decisiones a favor de “los rendimientos cuantificables, financieros, y cuanto antes mejor”. De allí surge que el objetivo de la empresa debe ser la maximización de beneficios en el corto plazo. Lo cual no es incorrecto, si se entiende y aplica correctamente.  

En sentido amplio
Por “beneficios” debemos entender todo tipo de resultados, tangibles e intangibles, y no solo los cuantificables con las tecnologías tradicionales de estimación. Y por “plazo”, no debemos aferrarnos a la visión miope de que los beneficios a largo plazo son inciertos y no cuentan o cuentan menos. Es un problema de la selección de la “tasa de descuento” usada para poder comparar los beneficios que ocurren en el corto versus el largo plazo. 
Si la tasa es elevada, los beneficios en el largo plazo son casi irrelevantes en la evaluación, si es baja el futuro sí importa, si es cero, los beneficios del presente y del futuro tienen el mismo valor. Pero ¿quién debe “determinar la tasa”? ¿Por qué el bienestar de mi generación es más valioso que el de mis hijos y nietos? Pero parece más sencillo tomar en cuenta solo lo cuantificable y el presente que es menos incierto, que el futuro. De ahí, la maximización de beneficios financieros en el corto plazo. “Más vale pájaro en mano, que ciento volando”. Parece “lógico”. El modelo no es incorrecto, incorrecta es su aplicación simplista.  

¿Quiere esto decir que se puede ignorar la “maximización de beneficios financieros”, para los accionistas?  
No, no se pueden ignorar por dos razones fundamentales: 1- Algunos accionistas tienen algún poder de injerencia en la empresa. 2- La empresa puede tener que acceder a los mercados de capitales para aumentos de capital y debe querer hacerlo al menor costo posible lo que conlleva a no ignorar las expectativas del mercado. 
Pero estos no pueden ser los objetivos de la gestión de la empresa, son solo consideraciones en la gestión. 

¿Pueden entonces los accionistas exigir maximización de beneficios financieros en el corto plazo? ¿Debe éste ser también el objetivo de los directivos? 

¿De quién es la empresa? 
La respuesta más elemental y más generalizada es que es de los dueños, de los accionistas. Aunque al lector le parezca contra-intuitivo: “No, la empresa no pertenece a los accionistas”. 

Analicemos un poco más a fondo qué es la empresa: 
Si pensamos en la liquidación de la empresa, se puede alegar que lo que queda es de los “dueños”. Si se venden todos los activos de la empresa y se pagan todas las deudas de la empresa, con proveedores, empleados, mercados financieros, etc., lo que queda pertenece a los accionistas o dueños. Es el valor residual de liquidación, que tiene poco o nada que ver con lo que aportaron los accionistas o dueños. 

Pero si nos preocupamos de la gestión de la empresa, es porque estamos preocupados de la empresa en marcha, con continuidad en el futuro previsible.  
La valoración de la empresa tanto desde el punto de vista contable como desde el punto de vista de los mercados financieros se hace bajo el supuesto del “negocio en marcha”, o sea “suponiendo la continuidad”. Este valor en marcha suele ser mucho mayor al valor residual de liquidación, a menos que con su operación la empresa esté destruyendo valor. Mientras esté en marcha, este valor pertenece a la figura jurídica que es la empresa, cuya continuidad depende de los empleados, clientes, proveedores, acreedores, etc., lo que a su vez depende de la licencia que le da la sociedad de operar, de los contratos explícitos e implícitos que tiene para poder operar.  

Por eso la empresa en marcha no pertenece a los accionistas, pertenece a sí misma, que solo puede seguir en marcha si la sociedad se lo permite. La empresa es una persona jurídica y, como la persona natural, es dueña de sí misma. Esto es otra manera de ver la responsabilidad que tiene la empresa ante la sociedad y que parte de su valor le pertenece.

Legalmente las acciones son unos títulos que dan el derecho a recibir una porción de los beneficios financieros que la empresa distribuya, pero no dan derecho a exigirlos. También pueden dar derecho a nombrar algunos miembros del Consejo, dependiendo de los mismos estatutos de incorporación y las legislaciones pertinentes. Los accionistas también tienen el derecho de vender sus acciones a otros.  
Pero no dan derecho de propiedad a parte de los activos, salvo en la liquidación. No dan derecho, como es caso de la propiedad de algo, de poseer, usar o gestionar los activos (¡aunque algunos actúen como si fueran suyos!). Un accionista no tiene derecho a que le den “su parte de la empresa”. Un accionista de Apple no tiene el derecho de ir a la tienda y exigir que le den un ipad. Si tienen suficiente poder de votación pueden forzar la liquidación y entonces recibir lo que le corresponde de lo que quede. Es sólo en el caso de liquidación que los directivos tienen la responsabilidad de asegurar la “maximización” del valor residual para los accionistas.  [iv]

¿Debe la empresa maximizar beneficios? ¿Qué beneficios? ¿Para quién?
En términos económicos podemos decir que el valor de la empresa en marcha es el valor presente de todos los beneficios netos, financieros y no financieros, derivados de la “marcha” de la empresa. Esta es la “maximización” que deben perseguir los directivos. Lo que requiere una visión amplia en el tiempo y en el espacio. Ello implicaría, por ejemplo, reconocer que la inversión en la innovación, en el desarrollo del capital humano, en la protección del medio ambiente, en las buenas relaciones con los clientes, gobiernos, acreedores, etc. tiene beneficios, a veces no cuantificables y muchas veces en el largo plazo. Pero siendo su responsabilidad buscar lo que es mejor para la empresa, no pueden ignorar estos beneficios.  

Y recordemos que muchas veces estos accionistas son muy temporales, son ocasionales, cambian continuamente, no tienen los intereses de la empresa como objetivo fundamental. 
De hecho, para paliar parte de este problema de incompatibilidad de objetivos, se ha propuesto que el poder de votación sea proporcional a la extensión de la tenencia de las acciones. 
Los accionistas de muy largo plazo tendrían mayor poder que los que compran y venden frecuentemente. Esto no es fácil de articular en la práctica, pero es concepto valioso en la teoría. 
Los objetivos de la empresa y de la sociedad, en este caso estarían más alienados.
Y aquí es oportuno recordar que la inmensa mayoría de estos accionistas no aporta capital a la empresa. Cuando compran acciones el dinero va al vendedor, no a la empresa.

Claro está que toda esta discusión es menos válida para el caso de las pequeñas empresas o las empresas con pocos accionistas, ya que estos pocos sí ejercen un control más activo sobre los directivos que, como mencionamos, suelen ser los mismos. Pero en estos casos hay más comunidad de objetivos, ambos están interesados en el futuro de la empresa.

En resumen
Los accionistas no tienen el derecho de exigir la maximización de beneficios a los directivos de las empresas, que tienen la obligación fiduciaria de buscar lo que sea mejor para la empresa, como persona jurídica que se posee a sí misma y no a los intereses de un grupo cambiante y efímero. Y en el descargo de esta obligación, encontrarán que lo que le conviene a la empresa en el largo plazo, le conviene a la sociedad. Y si aquellos se desvían, es nuestra responsabilidad como sociedad actuar para corregirlo a través de nuestras interacciones con la empresa.   

[i] Para una discusión más extensa ver: Corporate Social Responsibility: The Role of Law and Markets. Chicago-Kent Law Review, Vol. 83, No. 1, 2008.
[ii]Para los que estén interesados en profundizar sobre estos temas desde una visión legal y económica recomendamos el libro de Lynn Stout The Shareholder Value Myth: How Putting Shareholders First Harms Investors, Corporations, and the Public.
[iii] El Código no define lo que quiere decir “valor económico”. En el caso que se definiese como el valor presente de los beneficios netos tangibles e intangibles de la empresa, podría ser un objetivo que compatibilizase los de la empresa con los de la sociedad, como comentamos más adelante.

[iv] En algunas legislaciones, esta responsabilidad sobre la maximización del valor se extiende a casos de venta o fusión de la empresa.

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